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Ratios en un Servicio de Prevencion: Claves para su calculo

Calcular los ratios en un Servicio de Prevencion, respecto al máximo número de trabajadores atendidos o lo que es lo mismo, el mínimo número de horas necesarias (por técnico) para atender a un determinado número de trabajadores, todo ello según el Anexo I de la Orden TIN 2504/10 es una tarea, que nos puede parecer difícil o complicada.

Si eres capaz de llegar hasta el final del post, además de contarte las claves para poder hacer el cálculo de los ratios en un Servicio de Prevencion de una forma sencilla, te explicaré con un ejemplo numérico, en el que calcularemos:

  • el número máximo de trabajadores atendidos en una jornada completa
  • el número mínimo de horas de técnico para atender un determinado número de trabajadores

Ratios calculos 2504

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Ratio

Resultado de la división del numero total de trabajadores protegidos (de las empresas con las que el Servicio de Prevencion Ajeno tenga concertada la modalidad preventiva) entre el numero de técnicos del Servicio de Prevencion Ajeno a jornada completa.

ratio

Se tendrá en cuenta que para este cálculo:

  • los trabajadores puestos a disposición por empresas de trabajo temporal se contabilizarán como si formasen parte de la plantilla de la empresa usuaria
  • por cada especialidad concertada con una empresa, se contabilizará un tercio del total de sus trabajadores (el 100% si se conciertan las tres especialidades)
  • los técnicos serán de nivel superior, o intermedio (50% del total como máximo)
  • los técnicos a jornada parcial se computarán en la fracción que corresponda
  • no computarán ni el tiempo de presencia de recursos preventivos ni el de coordinación de actividades empresariales

Esto nos dará la idea del nº de trabajadores atendidos por cada técnico del Servicio de Prevencion Ajeno (nº trabajadores atendidos/nº de técnicos).

Posteriormente lo compararemos con el Ratio (calculado por los criterios que nos indica la Orden TIN  2504/10 y que explicaremos más abajo) y que representará un valor del nº máximo de trabajadores que puede atender un técnico a jornada completa en un Servicio de Prevencion Ajeno

Tarifa de primas (Tarifa)

Coeficiente en función del código CNAE 2009 y de los tipos de cotización asociados a cada uno.

tarifa

Promedio de las tarifas de las empresas atendidas por un Servicio de Prevencion Ajeno o Tarifa Promedio (TP)

Representa el sumatorio del producto de la Tarifa multiplicada por el número de trabajadores de cada empresa, dividido por el total de los trabajadores protegidos.

tp

En este punto debemos de aclarar un aspecto muy importante y que no se especifica en esta definición del Anexo I y es el siguiente:

  • Empresas con más de un CNAE. Puede darse este caso, por lo que aquí (para que el calculo sea fiel reflejo de la realidad) debemos de considerar cada CNAE y los trabajadores adscritos a ese CNAE, como empresas independientes (a efectos de calculo), dado que de no hacerlo así el producto de la Tarifa multiplicada por el número de trabajadores de esta empresa no sería escrupulosamente real.

No obstante, podríamos hacer un cálculo mas grosero para este caso y es el que resultaría del producto de la Tarifa (de todas las posibles de la empresa, la que tuviera el coeficiente más alto) multiplicada por el número total de trabajadores de la empresa.

Aquí deberíamos tener en cuenta, que este valor resultante es el mas desfavorable para el Servicio de Prevencion Ajeno, por lo que se estaría en una situación de sobredimensionamiento de los recursos necesarios y sobre todo si las diferencias entre los valores de tarifas es muy elevado y el numero de trabajadores es también elevado.

  • Empresas con un solo CNAE. Este es el caso más sencillo, dado que el cálculo se hará normalmente, es decir, multiplicando la Tarifa de dicha empresa por el número total de trabajadores de la empresa.

Importante: A efectos de cálculo, no tiene importancia si la empresa tiene uno o más centros de trabajo.

En relación al Ratio calculado, hay que tener en cuenta una serie de factores correctores, estos son:

En función de la peligrosidad media de las empresas atendidas

grafico_peligosidad

Según la tabla que se muestra, sí la Tarifa Promedio (TP) calculada para las empresas del Servicio de Prevencion Ajeno, es:

  • menor o igual a 1,5, implica que el máximo número de trabajadores atendidos por un técnico a jornada completa, serán de 2400.
  • mayor que 6, implica que el máximo número de trabajadores atendidos por un técnico a jornada completa, serán de 600.
  • comprendida entre 1,5 y 6 implica que el máximo número de trabajadores atendidos por un técnico a jornada completa, será el resultado de 3600 entre la Tarifa Promedio (TP) obtenida del conjunto de las empresas del Servicio de Prevencion Ajeno.

A estos cálculos pueden ser aplicable los factores correctores que veremos a continuación y que nos haría variar el resultado del numero total de trabajadores que puede proteger un técnico a jornada completa

En función del tamaño medio de los centros atendidos

El ratio obtenido según la tabla anterior, se corregirá (aumentará o disminuirá) de acuerdo al tamaño medio de los centros de trabajo atendidos por el Servicio de Prevencion Ajeno.

  • Tamaño medio de los centros de trabajo: cociente entre el número total de trabajadores y el número total de centros de trabajo, atendidos por el Servicio de Prevencion Ajeno.

Con esto tendríamos una referencia del número medio de trabajadores por centro y según este valor se aplicaría al Ratio calculado anteriormente un factor a la baja o al alza según:

  • Menos de 4 trab/centro. Al ratio le quitaremos un 25%, (reducimos el número máximo de trabajadores que puede atender un técnico a jornada completa)
  • Entre 4 y menos de 8 trab/centro. Al ratio le quitaremos un 10%, (reducimos el número máximo de trabajadores que puede atender un técnico a jornada completa)
  • Entre 8 y menos de 16 trab/centro. El ratio no sufre corrección, (no varía el número máximo de trabajadores que puede atender un técnico a jornada completa)
  • Entre 16 y menos de 32 trab/centro. Al ratio le incrementamos un 10%, (aumentamos el número máximo de trabajadores que puede atender un técnico a jornada completa)
  • A partir de 32 trab/centro. Al ratio le incrementamos un 25%, (aumentamos el número máximo de trabajadores que puede atender un técnico a jornada completa)

Este factor se basa en un criterio lógico que establece que para el mismo número de trabajadores se requiere mas atención (horas de dedicación) para una misma prestación del servicio (actividades programadas), a medida que aumente el número de empresas (o centros de trabajo) en las que estén distribuidos.

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Claves para construir los programas de trabajo en un Servicio de Prevencion Ajeno

Dicho de otra forma, requieren una cuota horaria anual mas elevada100 trabajadores repartidos en 50 empresas (o centros de trabajo) que 100 trabajadores repartidos en 5 empresas (o centros de trabajo)

Por lejanía de los centros a las instalaciones del servicio

El ratio obtenido se reducirá un porcentaje igual al porcentaje de los trabajadores atendidos (salvo que sea menor del 10%, dado que en este caso no se aplicaría reducción) desde instalaciones del Servicio de Prevencion Ajeno que no estén:

  • en la misma provincia
  • en una provincia limítrofe
  • en la misma isla

O sea, que en aquellos casos en los que el número de trabajadores atendidos en lejanía (según los criterios anteriores) no supere el 10%no se aplica ningún coeficiente reductor.

correc_lejania

Ejemplo explicativo de como aplicar las definiciones en los cálculos de los Ratios

Supongamos un Servicio de Prevencion Ajeno con las empresas (hemos extraído la actividad económica, CNAE y Tarifa, ya que son los datos que nos interesan) y número de trabajadores del cuadro siguiente:

ejercicio

Según esto tendríamos:

  • número total de trabajadores = 258
  • número total de centros = 15
  • sumatorio del producto de la Tarifa multiplicada por el número de trabajadores de cada empresa = 884,8
  • Tarifa Promedio (TP) = 3,43

Al estar la Tarifa Promedio (TP) comprendida entre 1,5 y 6, el número máximo de trabajadores atendidos por técnico a jornada completa resultaría de dividir 3600/TP = 3600/3,43 = 1049,56.

Ahora calcularemos el tamaño medio de los centros atendidos y que resultará de dividir el número total de trabajadores entre el número de centros. En nuestro caso 258/15 = 17,2.

Al estar este valor comprendido entre 16 y 32, le aplicaríamos un factor corrector del 10% al alza al valor de 1049,56. En nuestro caso 1049,56 x 1,10 = 1154,52

De momento hasta aquí, lo que tendríamos es que en estas condiciones, un técnico a jornada completa podría atender un máximo de 1154 trabajadores.

A partir de aquí, el factor corrector por lejanía, deberíamos de aplicarlo, en el caso de superar un 10% (115 trabajadores) los que fueran atendidos en instalaciones como se indican en el criterio arriba indicado.

Las conclusiones a destacar serían:

  • máximo número de trabajadores que podrían ser atendidos por el técnico (a jornada completa) del SPA en las mismas condiciones  = 1154
  • En el caso real del ejercicio, el número de trabajadores atendidos por el técnico del Servicio de Prevencion Ajeno = 258. (Representan un 22,36% respecto a los 1154 trabajadores). Es lo mismo que decir que el técnico (a jornada completa) y respecto al máximo que obtenemos de la Orden TIN 2504/10, tiene una carga de trabajo de un 22,36% del total que podría atender.tanque-gasolina

 

  • Porcentaje de técnico (respecto a una jornada completa) para cumplir los criterios de la Orden TIN 2504/10, considerando 1710 horas/año (aprox 7h/día) la jornada de trabajo de un técnico, sería igual a; 1710 h/año x 0,2236 = 382,36 h/año (o lo que es lo mismo 7h/dia laborable x 0,2236 = 1,565 h/día laborable). Dicho de otra forma, para atender los trabajadores de las empresas del ejemplo, cualquier Servicio de Prevencion Ajeno, necesitaría una dedicación (por contrato) mínima de 382,36 horas/año de técnico.

En la próxima entrega seguiremos desarrollando el contenido según el esquema que ya conocéis:

¿Como construir una estrategia y definir horas y tarifas en un Servicio de Prevencion Ajeno?

¿Cual es tu opinión sobre este post? ¿Te gustaría añadir algo? ¿Te puede ser de utilidad?

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Máster en Marketing Digital, Comunicación e Internet. Ingeniero Técnico Industrial. En la actualidad Técnico Superior en PRL en el Instituto Asturiano de Prevención de Riesgos Laborales (IAPRL) e integrante del grupo de trabajo BASEMAQ del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST)

7 Comments

  • Alfonso

    04/08/2014, 09:03

    muy buen artículo y bien explicado. Felicidades

    • Javier Alvarez

      04/08/2014, 23:06

      Gracias por el comentario Alfonso.
      Espero que os resulte de utilidad

  • Paula

    22/04/2015, 13:59

    ¡Muchas gracias por la explicación!

  • gemma

    08/11/2015, 20:12

    Creo que hay un error según al OTIn de cálculo entre 16 y 32 es + 10% o sea que el ratio aumenta en 10 no en 5% como indica aquí.

    • Javier Alvarez

      10/11/2015, 14:29

      Un millón de gracias Gemma. Ya está modificado. Al final, el error fue debido a una modificación parcial del post que hice hace poco. Pero ya está todo correcto.
      Gracias de nuevo

  • Elisabet

    03/06/2022, 07:38

    Hola Javier.
    Me parece interesantísmo tu post. Sin duda, muy necesario para los que nos toca lidiar con direcciones que creen que trabajan con Superman. Solamente me surge una duda, en empresas en las que el personal no presta sus servicios 8 horas, sino 4, 6 o incluso 2 horas… cómo se calcula el número de trabajadores? Aunque trabajen media jornada cuentan como 1 o en ese cas contarían como 0.5 trabajadores?
    Gracias!

    • Javier Alvarez

      05/06/2022, 22:22

      Gracias por el comentario Elisabet.
      Se consideran como si fueran a jornada completa (independientemente de la jornada de los trabajadores) a la hora del computo.
      Espero que esta serie de post os sirvan en el día a día.

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